El Régimen de Dedicación Total

El Régimen de Dedicación Total (RDT) fue creado en 1958 para fomentar el desarrollo integral de la actividad docente, estimulando especialmente la investigación y otras formas de actividad creadora, así como la formación de nuevos investigadores. Este régimen conlleva la dedicación exclusiva y otorga una compensación salarial del 60% sobre el sueldo base de 40 horas.

La Ordenanza sobre remuneración del personal docente en Régimen de Dedicación Total está disponible para su descarga a través de este enlace.

Cada docente puede presentar su aspiración a ingresar al RDT presentando sus antecedentes académicos y una propuesta de trabajo para desarrollar en un período de tres años. Las renovaciones en el RDT se realizan a partir de la presentación de un informe de lo actuado en el período correspondiente y de un plan de actividades a desarrollar de inmediato (las cuales podrán ser una continuación de las desarrolladas en periodos anteriores). Cada solicitud de renovación es evaluada en el servicio universitario del docente y en la Comisión Central de Dedicación Total.

La información completa sobre el RDT puede consultarse en el Título II del Estatuto de Personal Docente (páginas 21 a 40), cuya descarga está habilitada a través de este enlace.